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Yunes Márquez, impedido por ley para contender: OPLE

Miguel Ángel Yunes Márquez, está constitucionalmente impedido para contender por la alcaldía de Veracruz en las elecciones del próximo año por el PAN o por cualquier otro partido político, ya queincumple con el requisito de tener una residencia mínima de tres años en el municipio al día de la elección del 06 de junio de 2021, según el Organismo Público Local Electoral (OPLE).


Yunes Márquez solicitó su registro ante el OPLE como candidato al cargo de gobernador del estado de Veracruz de la coalición «Por Veracruz al Frente» para la elección del 01 de julio de 2018, con domicilio ubicado en Avenida Cazón #753, fraccionamiento Costa de Oro del municipio de Boca del Río, según consta en los documentos del organismo electoral.


Pero la Constitución Política del Estado de Veracruz en el artículo 69, establece que para ser edil se requiere ser ciudadano veracruzano en pleno ejercicio de sus derechos, originario del municipio o con
residencia efectiva en su territorio no menor de tres años anteriores al día de la elección.




Asimismo, la Ley Orgánica del Municipio Libre, establece en el artículo 20 que para ser edil se requiere ser ciudadano veracruzano en pleno ejercicio de sus derechos, originario del municipio o con residencia
efectiva en su territorio no menor de tres años anteriores al día de la elección.


De esta manera, el excandidato a gobernador, exdiputado local por el distrito XXII de Boca del Río y dos veces exalcalde de Boca del Río, está legalmente impedido para contender por la alcaldía de Veracruz
que preside actualmente su hermano Fernando Yunes Márquez, pues incumple con lo que establece la ley, como se ha expuesto en algunos comentarios en redes sociales.


Documentación constatada
El 19 de marzo de 2018, el entonces presidente del Comité Directivo Estatal del PAN, José de Jesús Mancha Alarcón, el presidente del Comité Ejecutivo Estatal del PRD, Jesús Alberto Velázquez Flores y el delegado nacional del partido Movimiento Ciudadano, Sergio Gil Rullán, solicitaron ante el presidente del OPLE del estado de Veracruz, José Alejandro Bonilla, el registro de Miguel Ángel Yunes Márquez como candidato a gobernador por la coalición «Por Veracruz al Frente», integrada por los tres partidos políticos.


Asimismo, ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, se entregó la documentación y datos correspondientes del candidato, los cuales establecen que:
Miguel Ángel Yunes Márquez presentó la credencial para votar con el folio 0511055095763, clave
YNMRMG76050430H900, año de registro 1993 y con domicilio en Av. Cazón 753, fraccionamiento Costa
de Oro. C.P. 94299 del municipio de Boca del Río.


El 14 de febrero de 2018, el entonces director de gobernación del Ayuntamiento de Boca del Río, David Jurado Cruz, emitió una constancia de residencia del ciudadano Miguel Ángel Yunes Márquez en el
mismo domicilio, donde según avaló, vivía desde hace 20 años.


Bajo protesta de decir verdad, Yunes Márquez firmó la declaración de aceptación de la candidatura a la gubernatura del estado de Veracruz ante el órgano electoral, con los documentos y datos presentados
por los dirigentes de los partidos que integraron la coalición que lo abanderó y que lo llevaron a la derrota el 01 de julio de 2018 frente al actual gobernador, Cuitláhuac García Jiménez.


En este sentido y en caso de haber cambiado de último momento de domicilio particular a la ciudad de Veracruz, incumple con el requisito de contar con un mínimo de tres años de residencia para contender
por el municipio porteño.



Cabe recordar que, en las elecciones de 2018, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la tercera circunscripción plurinominal con sede en Xalapa, le negó
el registro a José Luis Toledo Medina, como candidato del PRD a presidente municipal de Benito Juárez, en el estado de Quintana Roo, debido a que incumplió con el requisito constitucional de su entidad de
contar con una residencia mínima de cinco años.


Toledo Medina, había participado en el proceso electoral 2014–2015 como candidato propietario a diputado federal por el distrito 01 con cabecera en Solidaridad, Quintana Roo, municipio conurbado a
Benito Juárez, en el cual ganó, junto con su suplente Juan Pablo Guillermo Molina-


El 22 de febrero de 2018, José Luis Toledo Medina pidió licencia al cargo de diputado para participar ahora como candidato a presidente municipal de Benito Juárez por el PRD; no obstante, incumplía con el
requisito de cinco años de residencia en dicho municipio, por lo que a pesar de las impugnaciones que presentó, le fue negada la candidatura por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.


Debe acreditar residencia si busca cargo


La ciudadana Dora Yadira Pérez Lozano consultó al OPLE:


-¿Es un requisito de elegibilidad la residencia de tres años efectiva en el municipio al día de la elección
de fecha 6 de junio de 2021 para los candidatos conforme al artículo 69 de la Constitución del Estado de
Veracruz?


-OPLE: «La respuesta es sí, es un requisito la residencia efectiva de tres años, en el caso de personas que pretendan ser candidatas a los distintos cargos edilicios sin ser originarias del municipiocorrespondiente; lo anterior en virtud del análisis a los artículos 69, fracción I de la Constitución Local; 8 y 173, apartado B, fracción V del Código Electoral».


«En este sentido, aquellas personas que cumplan con los requisitos previstos en el artículo 69, de la Constitución Local y 8 del Código Electoral, estarán en condiciones para participar en el proceso electoral local donde se renueve la integración de Ayuntamientos de Veracruz, incluido el próximo proceso
electoral 2021″.


-¿Un candidato que se inscribió y participó en el proceso electoral pasado 2017–2018 que tiene su
residencia en Boca del Río, puede participar en el próximo proceso electoral en 2021 en el municipio de
Veracruz?


-OPLE: «La candidatura que desee contender por un cargo de elección popular en el proceso electoral 2021, en el municipio o distrito de Veracruz, deberá acreditar con la documentación respectiva su residencia simple o efectiva, de acuerdo al cargo que busque; lo anterior, con independencia a que este órgano colegiado, en el momento oportuno, verifique la idoneidad y cumplimiento de los requisitos contemplados en la normatividad correspondiente»



El 19 de marzo del 2018, Miguel Ángel Yunes Márquez registró ante el OPLE su dominicilio en Costa de
Oro, en Boca del Río

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